¿Te casas en 2020? Así se encuentra el sector de las bodas por el coronavirus

La Asociación de Profesionales de Bodas de España (APBE) nace el 6 de mayo de este año para dotar de voz al sector bodas. Para ello, ha formado su Junta Directiva con profesionales de los gremios más representativos del sector bodas: weddings planners, cáterins, floristas, sector hotelero, diseñadores de moda especializados en novia e invitada, lugares de celebración, alquiler de mobiliario, música, fotógrafos, entre otros.
Dentro de los objetivos de la asociación, el objetivo prioritario es el de reactivar las bodas este año 2020, y para ello se han creado diferentes grupos de trabajo para presentar las propuestas del sector al Gobierno. En estos grupos, se encuentran profesionales del sector, abogados y expertos financieros, economistas y sanitarios, que están elaborando diferentes planes de ayuda orientados tanto a autónomos como a empresas que pretenden la reactivación del negocio en el año 2020.

Según datos del INE, en 2019, se celebraron 165.601 bodas en España. La proyección de datos para 2020 rondaría las 152.718: 59.097 aplazadas desde marzo a junio; y 93.621 bodas, que quedarían por celebrar. APBE está trabajando para que todas estas bodas se realicen con las máximas garantías.

Sin duda alguna, los datos de 2020 serán diferentes, y la asociación está poniendo todos sus esfuerzos para que el número de bodas aumente mes a mes.

Las bodas en España en la fase 3


La Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas durante del estado de alarma en aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, permite la celebración de bodas a través de varias medidas de prevención. Estas medidas deberán cumplirse desde 1 de junio y hasta la finalización del estado de alarma prevista para el 21 de junio.

Entre las medidas de carácter social destacan:

  • Libertad de circulación por la provincia, isla o unidad territorial de referencia.
  • Desplazamientos fuera de la provincia por motivos laborales, profesionales o empresariales.
  • Mantenimiento de distancia mínima de seguridad de 2 metros. En su defecto, medidas de protección física, higiene de manos y etiqueta respiratoria.

En lo que respecta a establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios, la orden recoge las siguientes directrices:


A)        Condiciones de la actividad:

  • Independientemente de superficie, limitado el aforo al 50%.
  • Garantizar distancia de seguridad de 2 metros entre clientes, en caso contrario, solo un cliente.
  • Publicidad y control de aforo máximo.
  • Horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años. Posibilidad de sistema de recogida escalonada en establecimiento de productos adquiridos por internet o teléfono.
  • Centros comerciales: en zonas comunes aforo limitado al 40%.

B)        Medidas de seguridad e higiene:

  • Tiempo de permanencia en establecimiento estrictamente necesario.
  • Poner a disposición del público dispensadores de gel o desinfectantes en entrada. No ofrecer productos de prueba no destinados a venta.
  • Probadores de ropa solo una persona, y tras su uso, limpieza y desinfección. Espacios de más de 4 m2: ocupación máxima del 50%, manteniendo distancia de seguridad.
  • Prenda probada no adquirida o devuelta debe higienizarse antes de ofertarse nuevamente.
  • Distancia entre vendedor y cliente de dos metros; de un metro en caso de contar con elementos de protección o barrera.
  • Servicios que no permitan mantenimiento de seguridad interpersonal: distancia de 2 metros entre clientes, y empleo de equipo de protección adecuado por trabajador y cliente.
  • Limpieza y desinfección de instalaciones, al menos, 2 veces al día. Ventilación periódica, al menos, diariamente.

C)        Trabajadores:

  • – Disponer de medios para limpieza de manos y equipos de protección cuando no pueda garantizarse distancia de seguridad de 2 metros.
  • Formación e información sobre uso de equipos.
  • Garantizar distancia de seguridad de 2 metros en puestos de trabajo, vestuarios, taquillas y aseos.
  • Limpieza en zonas privadas y desinfección de puesto de trabajo en cambio de turno.
  • Lavado y desinfección regular de uniformes

Finalmente, en lo que respecta a las celebraciones en sí, esta es la normativa que regirá las mismas:


A)        Ceremonias:

  • En todo tipo de instalaciones públicas o privadas.
  • Aforo máximo del 75%. En todo caso, un máximo de 150 personas en espacios abiertos y de 75 personas en espacios cerrados.
  • Cumplir medidas sanitarias de mantenimiento de distancia social, higiene de manos y etiqueta respiratoria.
  • Especificaciones ceremonias religiosas:
    • Lugares de culto aforo máximo del 75%; si no determinado, criterios de cálculo (excluyendo pasillos, vestíbulos, lugar de la presidencia y colaterales, patios)
    • Asientos individuales: 1 persona/asiento con distancia de 1 m.
    • Bancos: 1 persona por cada metro lineal de banco.
    • Sin asientos: 1 persona/m2 de superficie reservada a asientos.
    • Cumplir medidas sanitarias de seguridad e higiene, distancia social y etiqueta respiratoria.
    • Dispensadores de geles o desinfectantes a la entrada.
    • Organización de entradas y salidas.
    • Limitar duración celebración.
    • Evitar actuación de coros.

B)        Celebración:

  • Aforo máximo de establecimientos de hostelería y restauración: del 50% en su interior y del 75% al aire libre.
  • Servicio en mesa.
  • Separación de 2 metros entre mesas o conjunto de mesas.
  • Ocupación máxima de 20 personas por mesa o conjunto de mesas, respetándose distancia mínima de seguridad interpersonal.
  • Consumo en barra separación mínima de 2 metros entre invitados o grupos. No permitido discotecas.
  • Hoteles: determinarán aforos de espacios para eventos y condiciones más seguras para su realización.

C)        Medidas de higiene y prevención:

  • Limpieza y desinfección del equipamiento, y del local. Priorizar utilización mantelería de un solo uso.
  • Dispensadores de geles o desinfectantes en entrada establecimiento y a la salida de baños.
  • Almacenamiento de elementos auxiliares del servicio en recinto cerrado; si no fuera posible, lejos de zonas de paso de invitados y trabajadores.
  • Eliminación productos de autoservicio, priorizando monodosis desechables o su servicio bajo petición.
  • Establecer itinerario en zonas susceptibles de aglomeración.
  • Uso aseos: ocupación máxima de 1 persona para espacios de hasta 4 m. Espacios superiores con más de una cabina o urinario: ocupación máxima del 50% del número de cabinas o urinarios.
  • Personal servicio en mesa y barra: garantizar distancia de seguridad con invitado, aplicando procedimientos de higiene y prevención.

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